Así es como te puedes defender de las agencias de cobranza | Digitall Post : Digitall Post
Carrera

Así es como te puedes defender de las agencias de cobranza

Así es como te puedes defender de las agencias de cobranza

Todos, sin excepción, hemos recibido una llamada de los despachos de cobranza, ya sea que se equivocaron de número, ya pasó medio día y no pagaste el cable o porque de plano si debes y no has pagado.

Lo malo no es deber, bueno sí un poco, pero por otras razones, sino que a los ejecutivos de cobranza se les van las «cabras al monte» y comienzan a amenazarte, utilizar un lenguaje que ni en los barrios más bajos, ah y claro exigiendo que pagues «su dinero» a la empresa.

Si tienes un adeudo lamentamos decirte que esas llamadas no cesarán, pero lo que puedes hacer es hablar con ellos y llegar a un acuerdo para que pronto puedas liquidar esa deuda. o puedes bloquear su número con alguna app. 



Primero tienes que saber que no pueden meterte a la cárcel y realizar algún embargo, para ello se requiere de una orden judicial debidamente certificada y no te notificarán vía telefónica.

Cabe mencionar que la Condusef aplicará multas a Instituciones Financieras que tengan registrados despachos para la gestión de su cartera que no atiendan en tiempo y forma las quejas manifestadas por los usuarios, las cuales podrán ir de 200 a 2 mil días de salario mínimo.

Si en cambio, no tienes deudas y/o se equivocaron de número, puedes presentar tu queja a través del REDECO, ingresando al portal de Condusef.

Un despacho de cobranza puede y debe:
• Al principio de la llamada o la visita, deberá identificarse.
• Un despacho de cobranza puede solicitarte el pago de tu deuda de una forma cordial y respetuosa.
• Puede realizar llamadas o presentarse únicamente entre las siete de la mañana y las diez de la noche.
• Tratar los datos personales de conformidad con la normativa aplicable en la materia.



Lo que no puede ni debe:
• Presentarse a nombre de alguna Institución Pública.
• Utilizar números de teléfono que aparezcan en el identificador de llamadas como «confidencial», «oculto», «privado» o con cualquier otra expresión o denominación semejante que imposibilite su identificación, así como utilizar números distintos a los registrados en el REDECO de la CONDUSEF.
• Amenazar, ofender o intimidar al deudor, a sus familiares o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda.
• Enviar cartas o documentos que aparenten ser escritos judiciales, en donde te amenacen de embargo o irrupción en tu vivienda.
• Establecer registros especiales, distintos a los ya existentes, listas negras, cartelones o anuncios, que hagan del conocimiento del público la negativa de pago de los deudores.
• Recibir por cualquier medio y de manera directa el pago del adeudo.
• Realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración con menores de edad o adultos mayores, salvo que en el último supuesto se trate de los deudores.
• Realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración de los créditos, préstamos o financiamientos, en un domicilio, teléfono o correo electrónico distinto al proporcionado por la Entidad Financiera o el Deudor, obligado solidario o aval.