La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) de la empresa es un derecho que tienen los trabajadores en México, y están obligadas al pago aquellas personas morales y físicas con actividad empresarial, con personal subordinado, señaló Software SICOSS.
El Sistema para el Control de Seguro Social destacó que el pago debe hacerse en los 60 días posteriores a la declaración del Impuesto Sobre la Renta anual (Art. 122 LFT) de la compañía, impuesto que se presentó en los tres meses siguientes a la conclusión del ejercicio fiscal (Art. 10 LISR) de la misma.
En un comunicado, la firma señaló que este pago debe otorgarse a los colaboradores en el mes de mayo, si sus empresas son personas morales, o bien en junio, si son personas físicas.
Refirió que estos plazos pudieran cumplirse antes de lo señalado, sin embargo las empresas que no lo hagan se hacen acreedoras a una multa que oscila entre los 250 a cinco mil salarios mínimos (UMA) ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Software SICOSS detalló que las compañías pueden optimizar tiempo y recursos, así como cumplir a tiempo y en forma con la ley, al generar un cálculo de la PTU libre de errores y emitir el reporte de proyecto PTU con el uso de modernas herramientas tecnológicas.
Asimismo, indicó que un correcto proceso de la participación permite a la organización mejorar su relación con los empleados, y lo más importante, evitará desembolsos innecesarios, ahorrando mucho dinero por el posible pago de una multa.
aegm.
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