![Así es como te puedes defender de las agencias de cobranza](https://digitallpost.com.mx/wp-content/uploads/2017/09/condusef-cobranza-1024x768.jpg)
Todos, sin excepción, hemos recibido una llamada de los despachos de cobranza, ya sea que se equivocaron de número, ya pasó medio día y no pagaste el cable o porque de plano si debes y no has pagado.
Lo malo no es deber, bueno sí un poco, pero por otras razones, sino que a los ejecutivos de cobranza se les van las «cabras al monte» y comienzan a amenazarte, utilizar un lenguaje que ni en los barrios más bajos, ah y claro exigiendo que pagues «su dinero» a la empresa.
Si tienes un adeudo lamentamos decirte que esas llamadas no cesarán, pero lo que puedes hacer es hablar con ellos y llegar a un acuerdo para que pronto puedas liquidar esa deuda. o puedes bloquear su número con alguna app.
Primero tienes que saber que no pueden meterte a la cárcel y realizar algún embargo, para ello se requiere de una orden judicial debidamente certificada y no te notificarán vía telefónica.
Cabe mencionar que la Condusef aplicará multas a Instituciones Financieras que tengan registrados despachos para la gestión de su cartera que no atiendan en tiempo y forma las quejas manifestadas por los usuarios, las cuales podrán ir de 200 a 2 mil días de salario mínimo.
Si en cambio, no tienes deudas y/o se equivocaron de número, puedes presentar tu queja a través del REDECO, ingresando al portal de Condusef.
Un despacho de cobranza puede y debe:
• Al principio de la llamada o la visita, deberá identificarse.
• Un despacho de cobranza puede solicitarte el pago de tu deuda de una forma cordial y respetuosa.
• Puede realizar llamadas o presentarse únicamente entre las siete de la mañana y las diez de la noche.
• Tratar los datos personales de conformidad con la normativa aplicable en la materia.
Lo que no puede ni debe:
• Presentarse a nombre de alguna Institución Pública.
• Utilizar números de teléfono que aparezcan en el identificador de llamadas como «confidencial», «oculto», «privado» o con cualquier otra expresión o denominación semejante que imposibilite su identificación, así como utilizar números distintos a los registrados en el REDECO de la CONDUSEF.
• Amenazar, ofender o intimidar al deudor, a sus familiares o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda.
• Enviar cartas o documentos que aparenten ser escritos judiciales, en donde te amenacen de embargo o irrupción en tu vivienda.
• Establecer registros especiales, distintos a los ya existentes, listas negras, cartelones o anuncios, que hagan del conocimiento del público la negativa de pago de los deudores.
• Recibir por cualquier medio y de manera directa el pago del adeudo.
• Realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración con menores de edad o adultos mayores, salvo que en el último supuesto se trate de los deudores.
• Realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración de los créditos, préstamos o financiamientos, en un domicilio, teléfono o correo electrónico distinto al proporcionado por la Entidad Financiera o el Deudor, obligado solidario o aval.