* Dos casos implicaron fallecimiento de paciente, y el tercero la pérdida de viabilidad del testículo de un menor
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió tres recomendaciones por negligencia médica.
Los casos se dieron en tres diferentes hospitales del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Las recomendaciones 73/2018, 75/2018 y 77/2018 son por acciones y omisiones atribuibles a personal médico en el Hospital Regional 25 en Iztapalapa, Ciudad de México; en el Hospital Rural-Prospera 54, en Tlaltenango de Sánchez Román, Zacatecas, y en el Hospital General Naucalpan, Estado de México.
Muerte por obstrucción intestinal
En un comunicado, la CNDH señaló los detalles del primer caso.
Un paciente permaneció 14 días hospitalizado con cuadro de obstrucción intestinal.
A pesar de haber ingresado por el área de Urgencias no se detectó requerimiento quirúrgico y se le brindó tratamiento conservador a base de medicamentos.
Sin embrago, a pesar de que su estado de salud empeoraba, no se tomaron medidas mayores.
Tampoco se le intervino quirúrgicamente, sino hasta que los diagnósticos médicos indicaron choque séptico y foco infeccioso.
Este cuadro derivó en paro cardiorrespiratorio y posterior fallecimiento.
Falta de diagnóstico
En el segundo caso, refirió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la falta de un diagnóstico y tratamiento adecuado de una apendicitis aguda.
Esta negligencia provocó el fallecimiento del paciente.
Explica que la Comisión de Derechos Humanos de Zacatecas recibió la queja.
De acuerdo con su investigación, determinó que los médicos del Hospital Rural incumplieron su deber de garantizar atención médica oportuna y de calidad.
Falta de cuidado
En el tercer caso, luego del análisis lógico jurídico al conjunto de evidencias, la CNDH acreditó que un médico incurrió en negligencia por omisión y falta de cuidado.
El mismo día que operó a un niño de orquiectomía (extracción del testículo derecho afectado por un traumatismo) lo dio de alta.
El médico no tomó en cuenta los factores de riesgo que presentaba para una torsión testicular contralateral.
Los factores a considerar eran su edad, la manipulación quirúrgica y habérsele realizado una fijación testicular.
Ello contribuyó al deterioro y pérdida de viabilidad del testículo izquierdo por isquemia y necrosis y a su extirpación posterior a pesar de ser la única glándula sexual viable.
Lo anterior tiene como consecuencia que la víctima requiera manejo médico integral por los servicios de endocrinología, pediatría, traumatología y ortopedia, psiquiatría, psicología y nutrición, de por vida.
Las recomendaciones
Ante estos casos la CNDH recomendó al Seguro Social, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, la reparación integral a las víctimas.
Esta compensación debe incluir una recompensa justa, atención médica, psicológica y, en los dos primeros, tanatológica.
Además, las personas agraviadas deben ser inscritas en el Registro Nacional de Víctimas.
El IMSS también deberá colaborar en las quejas que se inicien ante el Órgano Interno de Control en el IMSS y las denuncias que se formulen ante la Procuraduría General de la República.
LA CNDH también sugirió capacitar al personal de los mencionados hospitales en materia de derechos humanos.
También deben ser capacitadas en el conocimiento, manejo y observancia de las normas oficiales mexicanas y someterse al proceso de certificación y recertificación ante los Consejos de Especialidades Médicas.
Información e imagen: Notimex
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