CIUDAD DE MÉXICO,- Unidades que prestan el servicio de ambulancia “patito”, no solo despojan al lesionado de sus pertenencias cuando lo ven grave, sino que, a parte, cobran a los familiares la asistencia que van de tres a cuatro mil pesos por el servicio.
La Diputada en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), Janet Hernández Sotelo, exhortó a la Secretaria de Seguridad Pública de la Ciudad de México (SSPCDMX), a la Secretaría de Movilidad (SM), a la Agencia de Protección Sanitaria, y a todas las dependencias del gobierno, a investigar estos procedimientos.
El objetivo, dijo, es que efectúen acciones tendientes a la vigilancia, verificación, regularización y en su caso al retiro definitivo de circulación de las unidades irregulares que prestan el servicio de ambulancias en la Ciudad de México (CDMX).
Hernández Sotelo explicó que la problemática que representan las ambulancias irregulares en la actualidad persiste, por lo que es necesario que las dependencias del Gobierno de la Ciudad, continúen efectuando su vigilancia y en el caso de no satisfacer los requisitos establecidos en la Ley de Salud del Distrito Federal se les retire de circulación.
En su Punto de Acuerdo presentado ante la Comisión Permanente de la ALDF, la diputada por el PRD detalló que la Norma Oficial Mexicana NOM-034-SSA3-2014, tiene como objetivo establecer los requisitos y características mínimas que deben tener las unidades móviles de atención médica tipo ambulancias, así como el personal que realiza acciones de prevención, diagnóstico, tratamiento y traslado de pacientes.
Subrayó que esta NOM es obligatoria para todos aquellos prestadores de servicio en unidades móviles de atención médica tipo ambulancia, que realicen acciones de urgencias, cuidados intensivos y traslado de pacientes, independientemente de que estos equipos pertenezcan al sector público, privado o social.
Pormenorizó que los vehículos deben portar Laminas que los identifique como Ambulancia, expedidas por la Secretaría de Movilidad, (Semovi). Todas inician con el prefijo AM.
Además deben estar rotuladas donde se identifique a la ambulancia con nombre o razón social, dirección fiscal y teléfono; asimismo el holograma de dictamen técnico emitido por el Instituto Politécnico Nacional (IPN) y el engomado de Certificación Sanitaria, expedido por la Agencia de Protección Sanitaria del Distrito Federal.
Hernández Sotelo dijo en su Punto de Acuerdo que también las ambulancias deben contar con su documentación, como el Certificado de cumplimiento de Verificación Sanitaria con folio coincidente con el engomado; Tarjeta de Circulación vigente posterior al año 2013; Licencia para conducir Tipo E vigente y Seguro vehicular de daños a terceros como mínimo.
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