Cárcel a quien tome fotos o videos de mujeres en Ciudad de México : Digitall Post
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Cárcel a quien tome fotos o videos de mujeres

Cárcel a quien  tome fotos o videos de mujeres
Las personas que tomen fotos o videos de mujeres sin su consentimiento podrían ser sentenciados a prisión
Por: Redacción

La Comisión Permanente del Congreso de la Unión aprobó una reforma al Código Penal de la Ciudad de México para que sea clasificado como delito el tomar fotografías o videos de mujeres sin su consentimiento para uso sexual.

Las adiciones y reformas de los artículos 177 Bis y 179 contemplan sanciones que van de uno hasta tres años de cárcel para quienes incurran en este nuevo delito.

En promedio tres mujeres acuden diariamente a la Fiscalía de la Ciudad de México a denunciar que les tomaron fotografías o videos sin su consentimiento, sufriendo una engorrosa espera de hasta 36 horas para completar el proceso.



Antes de que se llevara a cabo esta reforma, fotografiar o filmar a una mujer sin su permiso se castigaba con 12 horas de arresto o una multa de 716 pesos, a pesar de que en redes sociales existen grupos que comparten fotos o videos de mujeres en el Metro con escotes pronunciados o pantalones apretados.

De acuerdo al dictamen, en la capital mexicana existen casos de filmaciones muy sonados, pero que no han podido ser sancionados porque no había una ley que lo contemplaba como un delito sino como una falta administrativa “provocando que las autoridades se mofen (burlen) de estas situaciones”.

El documento señala que se consideran conductas de naturaleza sexual indeseable: solicitar favores sexuales para sí o para una tercera persona; fabricar, imprimir, grabar, transportar, exhibir, vender, reproducir o hacer circular por cualquier medio, imágenes, libros, revistas, escritos, fotografías, carteles, videograbaciones con implicaciones sexuales.

Las penas se incrementarán en una tercera parte, en cualquiera de los siguientes casos: cuando además exista una relación jerárquica derivada de relaciones laborales, docentes, personal de servicio doméstico o de cualquier clase; o cuando la conducta del agresor se realice en la calle, instalaciones o vehículos destinados a prestar un servicio público.



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