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- En 2023 habrá 7 días considerados como asuetos oficiales, en los que deben pagarte doble si trabajas.
- Además, el 1 de enero deberás recibir triple pago en caso de laborar.
- Celebraciones como Semana Santa y Día de Muertos no se consideran oficiales, por los que tu patrón debe pagar tu sueldo normal.
Si es probable que en 2023 trabajes en días feriados, asuetos o puentes, recuerda que en algunos casos se pagan al doble, e incluso el triple, de tu sueldo diario regular.
En México, los días que se pagan doble, si los trabajas, son los llamados asuetos oficiales. El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) los establece así:
- 1 de enero
- Primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
- Tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
- 1 de mayo
- 16 de septiembre
- Tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
- 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
- 25 de diciembre
Los días de descanso oficiales «tienen por objeto que el trabajador celebre, con entera libertad, las festividades cívicas o religiosas que se conmemoran en esas fechas”, de acuerdo con el gobierno federal.
¿Cuáles son los días que se pagan doble y triple en 2023?
De acuerdo con la LFT, los días que se pagan doble en 2023 para los trabajadores en México son:
- 6 de febrero
- 20 de marzo
- 1 de mayo
- 16 de septiembre
- 20 de noviembre
- 25 de diciembre
Esto, debido a que el artículo 75 de la LFT establece que los trabajadores que presten sus servicios en algún feriado oficial deberán recibir «independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado».
En tanto, el único día que se pagarán triple es el 1 de enero. Esto se debe a la ley establece que quienes presten servicio el día domingo tendrán una prima adicional de 25% sobre el salario ordinario.
¿Por qué en Semana Santa y otros festivos no te pagan doble?
Esto se debe a que existen días feriados oficiales y no oficiales. El gobierno de México marca como días feriados oficiales los que «tienen por objeto que el trabajador celebre, con entera libertad, las festividades cívicas o religiosas que se conmemoran en esas fechas».
Celebraciones como Semana Santa, el Día de Reyes, Día de Muertos, la conmemoración de la batalla de Puebla o el Día de la Virgen de Guadalupe son considerados no oficiales. En estos casos, otorgarlos o no queda a discreción del patrón.