Infidelidad sexual dejará de ser causa para exigir pago por daño moral : Digitall Post
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Infidelidad sexual dejará de ser causa para exigir pago por daño moral

Infidelidad sexual dejará de ser causa para exigir pago por daño moral

 

* La Primera Sala de la Suprema Corte resolvió que la infidelidad en el matrimonio no podrá sancionarse por ser una cuestión de carácter personal que depende de la voluntad de la pareja

 



La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que la infidelidad sexual en el matrimonio no podrá ser invocada como un argumento a la hora de exigir un pago por daño moral en contra de la pareja.

Durante la sesión del miércoles 21 de noviembre, los ministros de la Corte avalaron la propuesta en donde se indica que la fidelidad en el matrimonio es una cuestión personal que depende de la voluntad de los cónyuges, y es por ello que no puede sancionarse legalmente.

“El control estatal necesariamente se ve limitado en cuanto a la imposición de consecuencias jurídicas distintas a la disolución del vínculo matrimonial”, indicó la Sala.

Además agregaron que la fidelidad debe estar sustentada en el vínculo sentimental y afectivo.



“El deber conyugal referido está sustentado en el vínculo sentimental y afectivo que se presume entre los consortes, aspecto de la vida conyugal que se circunscribe a la intimidad de la pareja, de manera que los acuerdos conforme a los cuales deciden vivir la vida en común atañen a ambos y preponderantemente son inherentes a ese ámbito”.

No obstante, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sí señalaron que la infidelidad sexual podría traer aparejada la consecuencia jurídica de una eventual disolución del vínculo matrimonial, pero que no se puede reclamar por la vía civil el pago de una indemnización por concepto de daño moral a los sentimientos y afectos del cónyuge afectado, porque no se trata de un hecho ilícito.

Así que la propuesta de la ministra Norma Piña quedará asentada y en caso de infidelidad de la pareja, las demandas para indemnizar económicamente al afectado ya no serán procedentes.

 

Imagen: Flirck

 

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