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Ley Nacional de Ejecución Penal ¿a quién beneficia?

Ley Nacional de Ejecución Penal ¿a quién beneficia?

CIUDAD DE MÉXICO,- La nueva Ley Nacional de Ejecución Penal, aprobada en el Senado de la República, tal como está, es un grave retroceso para la garantía de los derechos humanos de la infancia, en particular de niñas y niños pequeños.

El texto legislativo contiene serias regresiones en la garantía de derechos de la infancia con un referente familiar en prisión y en periodo extraordinario son posibilidad de cambios.

La Cámara de Diputados votó en el pleno la iniciativa del poder legislativo no se ha comprometido seriamente con las reformas constitucionales de 2008 y 2011 que transforman el sistema penal mexicano e instaura un nuevo régimen de seguridad pública y un sistema de reinserción social.



Reconocemos como un avance la inclusión de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes SIPINNA, el reconocimiento de derechos de las mujeres privadas de su libertad en un centro penitenciario y la creación de una base de datos de personas privadas de la libertad que contendrá los datos de niñas y niños que vivan con su madre en el Centro Penitenciario, entre otros.

También indica que se notificará a la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes o a sus equivalentes en las entidades federativas.

Sin embargo, es notorio que para desarrollar el apartado relativo a derechos humanos no fueron consultadas personas expertas, madres que viven presas con sus hijas o hijos, ni organizaciones especializadas en derechos humanos de la infancia.

Desde las Organizaciones de Sociedad Civil consideramos que el texto legislativo tiene serias regresiones en la protección y garantía para los niños, niñas y adolescentes que tienen un referente adulto privado de la libertad.



Hasta ahora, la situación que niñas y niños viven con sus madres en reclusión ha sido el reflejo de la falta de políticas públicas sustentadas en derechos humanos; y se han sustentado en tratos discriminatorios, inhumanos, crueles y degradantes.

Sumado a lo anterior, la Iniciativa aprobada señala que será la Autoridad Penitenciaria la que establecerá los criterios para garantizar el ingreso de la niña o el niño cuando las mujeres deseen conservar la custodia de la hija o el hijo menor de tres años (siempre que no hubiere algún familiar que pudiera hacerse responsable de la familia de origen). Priorizando la separación niño-madre y violando con ello el derecho del niño a vivir en familia.

La Iniciativa violenta derechos señalar que únicamente las hijas e hijos que nacieron durante el internamiento podrán permanecer con su madre, hasta que cumpla los tres años de edad.

Lo anterior es contrario al espíritu de la Convención sobre los Derechos del Niño (ONU, 1989), ya que asocia la edad de 3 años como criterio administrativo del “interés superior de la niñez” rompe con la garantía de derechos de la persona, en su individualidad y autonomía progresiva.

En la normativa internacional no existe un criterio único sobre la edad hasta la cual un niño debería permanecer junto a su madre, cuando ésta se encuentra en prisión; hemos visto que el ciclo de vida de las niñas y niños se ha generalizado, siendo la práctica de salir de la instalación carcelaria al ingresar a educación básica (aproximadamente cinco años con 11 meses) donde la dinámica personal y de relaciones interpersonales cambia de forma importante.

Las normas establecidas por esta ley no responden a una lógica de derechos humanos, sino que está sujeta a circunstancias específicas, interpretaciones subjetivas y voluntades personales y no considera la obligación del estado de proveer de manera integral lo necesario para el desarrollo adecuado de niños y niñas, partiendo de su derecho a vivir en familia y su derecho de prioridad.

Con su actuar, las autoridades estarían vulnerando lo dispuesto en los artículos 3, párrafo primero y 4, párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que señala :

Art. 3o.- Toda persona tiene derecho a recibir educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios-, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias.

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