MÉXICO.- De entre las naciones que conforman a la OCDE, México ocupa el primer puesto en lo referente a abuso sexual, violencia física y homicidios de menores de 14 años.
Datos de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas establecen que cada año se cometen 600 mil delitos sexuales en el país, unas mil 640 denuncias al día en este país de 122 millones de habitantes.
En nueve de cada 10 casos la víctima es una mujer, es decir 540 mil.
Por otro lado y de acuerdo con datos de la Cartilla de Derechos de las Víctimas de Violencia Sexual Infantil cuatro de cada 10 agredidas tiene menos de 15 años. Es decir, 216 mil niñas sufren un delito sexual cada año en México.
Lo alarmante de esta estadística, es que la mitad de los ataques se cometen en el hogar y en el 60 por ciento de los casos el responsable es un familiar o una persona conocida.
En este marco, la Estrategia nacional para prevenir embarazos a temprana edad, aprobada en 2015, reconoce que la “alta prevalencia de casos de violencia sexual en menores de 18 años es una de las causas de embarazo de niñas y adolescentes en México».
Hay que reconocer, que en gran parte de nuestra sociedad, las mujeres víctimas de violencia sexual son expuestas a diversos riesgos como consecuencia de este acto de violencia: lesiones físicas y psicológicas, la transmisión de infecciones de transmisión sexual y un embarazo no deseado.
Con el fin de brindar la mejor atención posible a las niñas, jóvenes y mujeres que son víctimas de este acto ilícito, México a firmado y llevado a cabo, diferentes convenios.
Aunque el aborto en los casos en que el embarazo es producto de una violación está permitido en todo el país y la Norma Oficial Mexicana 046 reconoce el derecho de toda víctima de una agresión sexual mayor de 12 años a interrumpir su embarazo sin necesidad de presentar una denuncia, hasta la fecha solo se ha autorizado el aborto en 61 casos.
En febrero de 2007, el Diario Oficial de México publicó la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, que posteriormente fue adoptada por cada una de las 32 entidades del país.
La Ley General de Víctimas, aprobada en México en 2013, reconoce en el artículo 28 que los servicios a los que se refiere dicha legislación tomarán en cuenta si la víctima pertenece a un grupo en condiciones de vulnerabilidad, sus características y necesidades especiales, particularmente tratándose de mujeres, menores de edad, adultos mayores y población indígena.
En armonización con la Ley General de Víctimas, en febrero de 2016 se modificó la Norma Oficial Mexicana 046 sobre violencia familiar, sexual y contra las mujeres, que facilita el acceso al aborto a todas las víctimas mayores de 12 años que como resultado de una agresión sexual hayan quedado embarazadas, sin necesidad de denuncia o autorización de autoridad alguna o consentimiento de padre, madre o tutor/a.
Asimismo, México forma parte de los tratados internacionales de la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Convención de Belém do Pará) y la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer de las Naciones Unidas (Cedaw).
Con información de agencias y El País
jcrh