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Ministros de la Suprema Corte declaran inscontitucional Ley de Seguridad Interior

Ministros de la Suprema Corte declaran inscontitucional Ley de Seguridad Interior

 

* El Pleno de la SCJN resolvieron declarar inconstitucional la Ley de Seguridad Interior, con la que se pretende legalizar y regular la intervención de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública

 



El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió hoy, por nueve votos a favor y uno en contra, declarar inconstitucional la Ley de Seguridad Interior, que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2017.

A excepción del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien presentó el proyecto de sentencia que declara constitucional esta normatividad, el resto de sus compañeros en el Pleno se manifestaron en contra de esta legislación.

Se pronunciaron por la inconstitucionalidad total de la Ley de Seguridad Interior los ministros Eduardo Medina Mora, José Ramón Cossío, Arturo Zaldívar, Norma Piña, Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez, José Fernando Franco, y Luis María Aguilar.

 



 

 

Los ministros detallaron que esta norma acarrea vicios desde su misma aprobación en el Congreso, incluso, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea la calificó de un “fraude a la Constitución”.

Pero ¿qué fue lo que los ministros consideraron para declarar la Ley de Seguridad Interior como inconstitucional?, al respecto, el portal Animal Político ennumeró algunos puntos a destacar:

 

Congreso no cuenta con competencia para legislar

 

Tres ministros de la Suprema Corte coincidieron en que el Congreso, tanto las cámaras de Diputados como la de Senadores, no cuentan con facultades para legislas en materia de seguridad interior, pues el Poder Legislativo que conforman, solo puede ocuparse de la seguridad nacional.

Eduardo Medina Mora, José Ramón Cossío y Alberto Pérez Dayan señalaron también que es facultad del Poder Ejecutivo utilizar al Ejército en temas de seguridad interior, por lo que es incorrecto que intenten legislar bajo el argumento de que se trata de una vertiente distinta a la de la seguridad nacional; sobre todo cuando la Constitución ya tiene candados para limitar la intervención de las fuerzas armadas en temas de seguridad pública.

 

El uso del Ejército para la seguridad debe ser excepcional, no permanente

 

Otro de los puntos en el que los ministros coincidieron fue que la Ley de Seguridad Interior intenta establecer la intervención del Ejército en temas de seguridad pública como algo permanente, cuando ésta debe ser de carácter excepcional y únicamente a petición de los estados.

Al respecto el ministro Arturo Zaldívar fue enfático “esta ley es un fraude a la Constitución, pretende disfrazar como seguridad interior lo que en realidad es seguridad pública y que atañe estrictamente a las autoridades civiles”.

Asimismo, insistieron en que la intervención de las fuerzas armadas deben ser un recurso extraordinario que por ningún motivo debe normalizarse.

“Lo que hace el legislador con esta ley es justificar la disposición de las fuerzas armadas fuera de los supuestos que establece la Constitución (…) se pretende incorporar seguridad interior a seguridad nacional para regular al Ejército en tiempos de paz. No es admisible”, dijo el ministro José Ramón Cossío.

Los ministros dijeron también que esta ley representa un “incentivo perverso” para que las autoridades civiles (gobiernos estatales y municipales), que son las que están constitucionalmente obligadas a preservar la seguridad interior, prefieran delegar al ejército sus obligaciones en lugar de mejorar sus cuerpos policiales.

“Las autoridades civiles tienen que comenzar a hacer la parte que les toca para que tengamos fuerzas civiles preparadas que se hagan cargo de la seguridad pública”, dijo Zaldívar.

 

Uso de la fuerza, con riesgo de abusos

 

El ministro Arturo Zaldívar expresó su opinión al respecto y señaló que  Ley de Seguridad Interior se refiere vagamente al tema del uso legítimo de la fuerza, lo que abre la puerta a posibles abusos; pues la ley solo habla en uno de sus artículos sobre el tema diciendo que las fuerzas federales deberán actuar de acuerdo con sus propios protocolos de uso de la fuerza, algo demasiado ambiguo que puede utilizarse en contra de la población civil.

Esta deficiencia también fue detectada en el proyecto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien se postulaba a favor de la ley; aunque para solucionar esto el magistrado proponía que se corrigiera el artículo eliminando su redacción actual y cambiándola por una nueva que coincidiera con los parámetros de la Comisión Interamericana de Derecho Humanos (CIDH), para definir el correcto uso legítimo de la fuerza.

Sin embargo, el ministro Zaldívar consideró que esta sola deficiencia es suficientemente grande para anular por completo una ley que permite intervenciones militares sin parámetros adecuados de uso de la fuerza.

“Hay que ser especialmente cautelosos con esta ley y con el uso de la fuerza. La CIDH ya se ha manifestado en relación en que debe reducirse al mínimo el uso de las fuerzas armadas en acciones de seguridad porque el riesgo de violaciones a derechos humanos es alta. Su formación  (de los militares) no está orientada a proteger civiles, sino a derrotar a un enemigo”.

 

 

El “fast-track” del Congreso

 

La ministra Norma Piña Hernández fue contundente al criticar que la Ley de Seguridad Interior contiene vicios desde su aprobación en el Congreso, pues su visto bueno fue sumamente apresurado y  no se sometió a un análisis serio por parte de los legisladores.

Asimismo, la ministra hizo un cuestionamiento público hacia la Cámara de Diputados por aprobar un dictamen apenas unas horas después de haber entregado a los legisladores la Ley, la cuál claramente no tuvo tiempo de ser analizada.

Además, en diciembre de 2017 hubo fuerzas minoritarias que pidieron suspender la votación para hacer un análisis correcto, voces que no fueron escuchadas.

“El dictamen debió estar en las manos de los legisladores dos semanas antes de su votación, no unos minutos. ¿Qué calidad democrática puede tener entonces una ley como esta con quejas y mociones que fueron ignoradas?”, dijo la ministra.

La ministra también cuestionó el hecho de que en el Senado tampoco se permitiera llevar a cabo un análisis a fondo en comisiones y que, por el contrario, se pasara al pleno de nuevo para su votación inmediata, pese a las objeciones de grupos minoritarios que vieron afectado su derecho a conocer y estudiar el documento que se estaba legislando.

 

 

Información: Notimex      Imagen: Flickr

 

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