CIUDAD DE MÉXICO,- ¿Está comprobado científicamente que la comida chatarra está relacionada con el sobrepeso?, porque este miércoles la Suprema Corte de Justicia discutirá la aprobación del impuesto de 8 por ciento a los alimentos chatarra. En el mismo caso se hallan los cigarros y sin embargo, los usuarios continúan intoxicando el ambiente.
El proyecto se ha mantenido latente, por ello se vuelve a discutir. El ministro Javier Láynes, generador de los proyectos, considera que el impuesto es una medida fiscal idónea para desalentar el consumo de productos considerados como comida chatarra y que provocan sobrepeso, obesidad y enfermedades crónicas como la diabetes.
Ante inteligente determinación, buena parte de la población sufre de diabetes y sobrepeso y no se atribuye necesariamente a la comida chatarra sino a problemas de tiroides o bien un problema hormonal que no es atendido por los expertos, además de llevar una vida sedentaria, un prominente abdómen que no corresponde a un par de piernas delgadas. Aquí buena parte de la responsabilidad es del sistema de salud.
El impuesto, enfocado en alimentos de alto contenido calórico no incluidos en el consumo básico, está previsto en varios está previsto en varios artículos de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), y Hacienda espera recaudar 17 mil 568 millones de pesos por este concepto en 2017.
“Es cierto que existen, además del consumo de alimentos no básicos con alto contenido calórico, otros factores que pueden provocar el sobrepeso y la obesidad (…) pero ello no implica que la medida impositiva no se encuentre justificada Constitucionalmente”.
El proyecto de impuesto a la comida chatarra no ha sido bien visto por algunas empresas, entre ellas Tiendas Aurrerá, quienes argumentan que se atenta contra los derechos de la equidad y proporcionabilidad tributaria, ya que, aseguran, no hay fundamento científico para afirmar que un alimento con 275 kilocalorías por cada 100 gramos es más dañino que uno con 274.
Las tiendas también señalan que la la ley delega en el SAT la facultad de elegir los alimentos básicos que estarán exentos del impuesto, mismos que incluyen prácticamente todas las cadenas de productos del trigo y el maíz, así como el pan no dulce.
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