CDMX, México.- Si tu vuelo sufre una demora o hay algún incumplimiento de parte de las aerolíneas, entonces ya puedes sacar ventaja de este inconveniente, gracias a las reformas a la Ley de Aviación Civil, aprobadas por la Cámara de Diputados.
Las reformas, con 422 votos a favor, y enviadas al Senado para sus efectos constitucionales, establecen que en caso de retraso en la hora de salida del vuelo, el pasajero será indemnizado con descuentos para viajes posteriores hacia el destino contratado y/o alimentos y bebidas.
Si la cancelación del vuelo es responsabilidad del concesionario, éste deberá -a elección del pasajero- reintegrar el precio del boleto, ofrecer transporte sustituto en la primera salida disponible y proporcionar acceso a llamadas telefónicas y envío de correos electrónicos.
Asimismo, deberá proporcionar alimentos, alojamiento en hotel del aeropuerto o de la ciudad cuando se requiera pernocta, y transportarle en la fecha posterior que convenga al mismo pasajero hacia el destino respecto del cual haya sido cancelado el vuelo.
Si la demora es mayor a cuatro horas, se pagará el ciento por ciento del boleto y 25 por ciento más.
Es importante señalar, que este dictamen establece que en caso de la denegación de embarque por expedición de boletos en exceso a la capacidad disponible, el concesionario o permisionario deberá solicitar voluntarios que renuncien al vuelo a cambio de beneficios que acuerde directamente con el pasajero.
En esa situación, tendrán prioridad para abordar las personas con alguna discapacidad, adultos mayores, los menores de edad no acompañados y las embarazadas.
También se indemnizará por la destrucción o avería del equipaje de mano, la cual será de hasta 80 Unidades de Medida y Actualización; por la pérdida o avería del equipaje facturado, la indemnización será equivalente a 150 Unidades de Medida y Actualización.
Por otro lado, ahora los pasajeros contarán con la opción de poder solicitar la devolución de su boleto en caso de que decida no efectuar el viaje, siempre y cuando lo comunique en un lapso de 24 horas contadas a partir de la hora de la compra del mismo.
El documento subraya que es obligación de los concesionarios presentar desde el primer momento el costo total del boleto, impuestos incluidos.
Al fundamentar el dictamen por la Comisión de Transportes, su presidente, el diputado Alfredo Javier Rodríguez Dávila, recordó que es la primera reforma que se hace en la Ley de Aviación Civil desde su creación en 1993, y en la cual se definen los derechos de los pasajeros.
con información de Notimex
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