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Tipificar violencia política vs las mujeres

Tipificar violencia política vs las mujeres

CIUDAD DE MÉXICO,-  La violencia contra las mujeres que participan en política se ejerce contra quienes buscan ingresar a un orden del que quedaron fuera porque a ellas se les asocia con el mundo de lo privado.

En el marco del Foro La violencia política de género: de los obstáculos a las fortalezas para ejercer los derechos político-electorales de las mujeres, organizado por el Equipo de Investigación y Análisis de propuestas en Derechos Humanos y el Instituto electoral del Distrito Federal (IEDF), especialistas y autoridades electorales coincidieron en la urgencia de tipificar esas conductas como delitos electorales.

En la mesa ¿Qué es la violencia política de género?, la profesora investigadora de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma de Morelos, Daniela Cerva Cerna, sostuvo que la violencia de género se explica por un orden de género que se manifiesta en estructuras donde lo femenino es considerado inferior y la supremacía masculina, conforme a lenguajes y códigos, aparece como lo relevante.



Por su parte, dentro de la mesa Marco jurídico para la defensa de la violencia política de género, la senadora Angélica de la Peña Gómez, detalló que en el dictamen que prepara el Senado de la República, la violencia política contra las mujeres será definida como los actos u omisiones por medio de los cuales se presiona, persigue, hostiga, acosa, coacciona, amenaza e incluso, a costa de su vida a una o a varias mujeres por parte de quien o quienes ejercen algún tipo de poder, con el fin de menoscabar, limitar, condicionar, excluir, impedir o anular la pretensión legítima de participación en la vida democrática, a través de la integración de los órganos de representación política y el acceso al poder público de una o varias mujeres.

La intención, dijo, es que ese concepto sea incluido en las leyes generales de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, de Instituciones y Procedimientos Electorales, de Partidos Políticos y de Delitos Electorales.

En esta última, añadió, se prevé acompañarla de un segundo párrafo en el que se indique que la violencia política contra las mujeres constituye una forma de discriminación de los espacios de poder y de decisión que fomenta la desigualdad y transgrede los derechos políticos y civiles de ese sector.

Tras realizar una reseña histórica de los obstáculos que ha enfrentado del sector femenino para poder ejercer la ciudadanía plena, la consejera electoral Dania Paola Ravel Cuevas comentó que “las mujeres no debemos tener una lucha excesiva que no se le exige a los hombres para poder ejercer los derechos que nos corresponden por ley”.



Reconoció que a pesar de los avances normativos, siguen habiendo muchos sucesos de violencia en contra del sector femenino, por lo que enfatizó en la necesidad de que esos actos sean tipificados como delito electoral.

Además, señaló que se requiere el apoyo de los medios de comunicación para que no se perpetúen los estereotipos de género y no existan conductas discriminatorias.

A su vez, la primera visitadora de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, Ibeth Huerta Dávila, señaló que es necesario crear un conjunto de medidas que permitan que los partidos políticos y las instituciones generen mecanismos que faciliten a las mujeres participar en el ámbito público ejerciendo sus cargos sin presiones.

Durante su participación en la mesa ¿Cómo proceder en caso de violencia política de género?, el titular de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade), Santiago Nieto Castillo, mencionó que la violencia política de género es un acto que genera violaciones a derechos fundamentales de la mujer como el de la participación política, la libertad de expresión, los órganos de naturaleza electoral, pero también al derecho de igualdad sustantiva y a la no discriminación.

Refirió que entre los obstáculos existentes para garantizar el cumplimiento de los derechos de la mujer se encuentran la multiplicación de casos de violencia política de género y la falta de tipificación como delito.

Agregó que las sanciones deben ser agravadas, pues esos ilícitos afectan la estructura básica de un sistema democrático: la igualdad sustantiva entre los géneros, además de que impiden el desarrollo y la progresividad del estado mexicano.

La integrante de la “Red Mujeres en Plural” del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Teresa Hevia Rocha, habló del Protocolo para atender la violencia política contra las mujeres, que busca identificar y hacer visible el fenómeno, informar a las víctimas de esos actos cómo y ante quién pueden presentar una queja, denuncia o demanda, además de favorecer la coordinación entre instituciones responsables de hacer frente a la violencia política.

Explicó que fue el incremento de los casos de violencia política contra el sector femenino identificados en el proceso electoral de 2015, la exacerbación de esas acciones como respuesta a la mayor presencia de mujeres en el ámbito político y la falta de tipificación de esos actos, lo que motivó la elaboración del Protocolo.

En tanto, la consejera electoral Gabriela Williams Salazar afirmó que en México existen esfuerzos por atender la violencia política contra las mujeres, pero las iniciativas no han prosperado. Destacó que el Senado de la República el tema se encuentra en proceso de dictaminación y lo que se busca es establecer estas acciones como delitos electorales y no sólo de tipo penal.

Mostró su postura a favor de que en México se retome la experiencia boliviana en el sentido de que el candidato hombre que haya ejercido violencia política contra la mujer, no pueda acceder al cargo por el que contiende.

Al Foro asistieron también el consejero presidente del IEDF, Mario Velázquez Miranda, así como los consejeros electorales Pablo César Lezama Barreda y Carlos González Martínez, así como representantes de partidos ante el Consejo General de este Instituto.

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