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- Si vives en la Ciudad de México, debes tener en cuenta varios detalles antes de casarte por el civil.
- Entre las consideraciones están los documentos, que incluyen una constancia de plática prenupcial.
- Hay tres maneras de celebrar tu boda: en el Registro Civil, en tu casa o en otra entidad.
Este 2022 podría ser el año en que decidas casarte por el civil, pero si vives en la Ciudad de México, debes tener en cuenta varios detalles.
Es un proceso emocionante, que tanto tú como tu pareja deben disfrutar y, para ello, es primordial que tengan el listado de lo que requerirán para este evento.
Aunque parezca algo complejo, celebrar tu boda en el Registro Civil de la capital del país no es un «dolor de cabeza».
Los documentos
Para casarte por el civil en la Ciudad de México, requerirás los siguientes documentos, mismos que llevarás al juzgado más cercano a tu hogar:
- Copia certificada del acta de nacimiento.
- Identificación oficial vigente.
- Constancia de plática prenupcial: estas se agendan en el juzgado cuando sepas la fecha de tu boda.
- Comprobante de domicilio (no mayor a tres meses).
- Constancia de no deudor alimentario.
- Si eres una persona extranjera, presenta tu acta de nacimiento apostillada o legalizada, con previa traducción avalada por un perito. También lleva tu pasaporte vigente.
- Llena la constancia requerida por el Registro Civil. Da clic aquí para descargarla.
¿Cuánto me costará casarme?
Y no nos referimos a razones concatenadas a los sentimientos o acciones. El casarte en la Ciudad de México no es un trámite gratuito y varía dependiendo dónde celebres la boda.
- En el juzgado: 1,367 pesos. Los detalles están en este sitio web.
- En tu casa: 2,745 pesos. La línea de captura y sucursales los puedes ver aquí.
- Fuera de la Ciudad de México: 8,398 pesos. Los detalles puedes consultarlos en esta página.
Si todo sale mal…
Si tu pareja y tú deciden divorciarse, en la Ciudad de México existe el divorcio administrativo y unilateral.
En el primer caso, de acuerdo con el Código Civil capitalino, se realiza «previa solicitud por escrito que presenten los cónyuges y en ella se expresará el nombre y apellidos, edad, ocupación y domicilio de los solicitantes, la fecha y lugar de la Oficina en que celebraron su matrimonio y el número de partida del acta correspondiente».
Este trámite procede si la ambos cónyuges desean divorciarse, liquidaron la sociedad conyugal de bienes (si es la situación), si no hay un embarazo en ese momento, en caso de no tener hijos en común o si estos son mayores de edad.
«El juez del Registro Civil, previa identificación de los cónyuges, y ratificando en el mismo acto la solicitud de divorcio, levantará un acta en que los declarará divorciados y hará la anotación correspondiente en la del matrimonio anterior», destaca en el artículo 272.
En el caso de divorcio unilateral, este se inicia cuando uno de los integrantes de la pareja desea separarse.
Para ese trámite, refiere el Código Civil de la Ciudad de México, debe presentar ante el juzgado la propuesta de convenio para la disolución del vínculo.
En este documento debe estar la persona que tendrá la custodia de hijos menores o con discapacidad, así como el derecho de visitas; la manera en que se atenderán las necesidades de ellos; designación del uso de domicilio conyugal; manera de administrar bienes o su liquidación y, en caso de haberse casado por separación de estos, deberá señalarse una compensación no mayor al 50% del valor de lo adquirido durante el matrimonio.
Con información de Business Insider México.