hace 9 años
Ambos calendarios marcan como días de suspensión de labores el 16 de septiembre; 2 y 21 de noviembre; 6 de enero; 6 de febrero; 20 de marzo, y 1, 5 y 15 de mayo; en tanto que los periodos de vacaciones serán del 19 al 30 de diciembre y del 10 al 21 de abril.