* Existe grave riesgo para la salud si estos garrafones contaminados son usados nuevamente para adquirir agua purificada, aunque éstos se laven.
Autoridades estatales pidieron a los sinaloenses abstenerse de transportar o almacenar gasolina o cualquier combustible en garrafones, pues de reutilizarse para el uso habitual de agua, los residuos pueden afectar la salud.
El titular de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Sinaloa (Coepriss), Jorge Alan Urbina Vidales, dijo además que el transporte y almacenaje de combustible en recipientes inadecuados puede causar un accidente incendiario.
Existe grave riesgo para la salud si estos garrafones contaminados son usados nuevamente para adquirir agua purificada, aunque éstos se laven, ya que estuvieron en contacto con químicos abrasivos que impregnan el plástico y son dañinos para el organismo, dijo.
“Si la persona ingiere estos residuos tóxicos puede sufrir graves daños a su salud como pérdida de olfato o de la visión (desprendimiento de retina y ceguera)”, aseveró.
También, ardor y enrojecimiento en los ojos; sordera, diarrea, vómito recurrente, perforación de esófago e incluso cáncer en combinación con los rayos del sol.
Urbina Vidales recomendó surtir directamente en el auto o utilizar, solamente en casos que se requiera, recipientes diseñados especialmente para el transporte de combustibles.
Precisó que por norma sanitaria las empresas purificadoras de agua deben rechazar cualquier garrafón que tenga olor a gasolina, thinner, alcohol, diversos solventes o alguna otra sustancia ajena al agua.
“Se debe evitar toda contaminación posible y asegurar la inocuidad del agua purificada, el líquido debe ser incoloro, inodoro e insípido”, dijo.
El comisionado advirtió que al utilizar el garrafón con gasolina o cualquier otra sustancia el recipiente representa un riesgo para la salud, queda inutilizable y debe ser destruido pues representa un riesgo para la población.
Informó que Coepriss realiza, de manera permanente, verificaciones para vigilar las condiciones sanitarias de establecimientos que venden agua y hielo para consumo humano (embotellado y a granel), así como los garrafones de agua que son comercializados.
Subrayó que las purificadoras deben apegarse a lo establecido por la NOM- 201 SSA1- 2015 al advertir que la Coepriss continuará con sus verificaciones aleatorias a establecimientos y vehículos repartidores.
Información: Notimex / Foto: Internet
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