- La Profepa atendieron el varamiento de un ejemplar muerto de ballena de aleta
- El hecho se registró en playas de Nuevo Altata, en Navolato, Sinaloa
La dependencia informó que las maniobras se realizaron en cuanto se recibió el reporte de la presencia del cuerpo del mamífero, por lo que de inmediato se coordinaron acciones con el apoyo de elementos de la Secretaría de Marina-Armada de México (Semar), personal de protección civil municipal y Ecología municipal.
Sin embargo, aclaró que debido a la marea alta y al fuerte oleaje, no se pudo examinar al 100 por ciento el cuerpo del ejemplar varado, aunque se lograron tomar muestras de piel y tejidos a fin de realizar estudios de genético y conocer sus hábitos de alimentación así como movilidad y causas de su muerte.
Las muestras serán enviadas para su análisis y estudio a la Sociedad Mexicana de Mastozoología Marina (SOMEMMA), toda vez que uno de los objetivos del Comité de Varamientos de la SOMEMMA es integrar una Red Nacional de Información que permita documentar la frecuencia de Varamientos, las especies involucradas y las localidades donde ocurren.
Por lo pronto, en este caso particular no se detectaron indicios o evidencias de marcas, laceraciones o heridas provocadas por artes de pesca, que pudieran determinar que su muerte fue originada por causas antropogénicas.
En general se pudo detectar que se trataba de una hembra adulta de Ballena de aleta de aproximadamente 17 metros de longitud y muy baja de peso, la cual es una especie poco común de encontrar en las aguas de esa región del Pacífico, y que son los segundos cetáceos más grandes.
Detalló que debido a que no se pudieron hacer maniobras para arrastrar al animal, se esperará a que la marea expulse al ejemplar durante las próximas horas, mientras tanto, se le estará monitoreando y en cuanto esté sobre tierra se le dará destino final conforme el Protocolo para atender varamientos.
La especie de Ballena de aleta se encuentra bajo la categoría de “Sujeta a Protección Especial (Pr)” de acuerdo con la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 y su aprovechamiento extractivo para fines de subsistencia o comercial, se encuentra prohibido en el territorio nacional.
Información e Imagen: Notimex
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