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- La joven tuvo un «parto extrahospitalario» en una letrina, y al llegar a un hospital quedó detenida y acusada de homicidio agravado
Un tribunal de El Salvador reanudó este viernes el juicio a Evelyn Hernández. A la mujer se le acusa de homicidio agravado porque su bebé nace muerto presuntamente, tras parir en su casa. Ello bajo la severa legislación antiaborto en el país centroamericano.
La abogada Elizabeth Deras declaró:
«Estamos esperanzadas de que vamos a tener un resultado positivo a favor de Hernández»
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En julio de 2017, se condenó a 30 años de cárcel a Hernández, de 21 años. Sin embargo, la sentencia se anuló en febrero de este año en virtud de una resolución de la Corte Suprema de Justicia. La joven quedó en libertad después de 33 meses encarcelada.
En la resolución, la Corte ordenó un nuevo juicio con un tribunal diferente.
El nuevo proceso, que comenzó el 16 de julio, se suspendió por la ausencia de una policía testigo de la Fiscalía. El juez José Jurado Martínez ordenó un receso hasta este viernes.
Deras indicó que, después de interrogar a la testigo, se darán los alegatos finales de las partes. Es por ellos que las audiencias podrían finalizar este mismo viernes.
La defensa espera que el juez de sentencia «ya haya estudiado el caso» porque conoció estudios y el testimonio de cinco testigos, dos de cargo y tres de descargo.
«Solo les quiero decir que yo soy inocente», y «sé que él (juez) va a hacer justicia», declaró Hernández el jueves en la apertura del juicio.
El caso se remonta al 6 de abril de 2016, cuando la joven, según Deras, tuvo un «parto extrahospitalario» en una letrina, y al llegar a un hospital de la ciudad oriental de Cojutepeque, quedó detenida y acusada de homicidio agravado.
Las pruebes de que el bebé nace muerto tras parto en casa
El estudio forense del Instituto de Medicina Legal no es concluyente sobre lo ocurrido en el parto. La defensa dijo que el niño nació muerto porque aspiró meconio, el primer excremento que, al expulsarse dentro del vientre, causa daño al feto.
La Fiscalía General de la República (FGR) cambió el cargo contra Hernández, quien ya no es acusada de homicidio agravado (con dolo y premeditación), sino de homicidio agravado por omisión (por negligencia, sin dolo).
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La legislación salvadoreña prohíbe la interrupción del embarazo en todas sus formas.
El artículo 133 del Código Penal salvadoreño establece una pena de 2 a 8 años por aborto. Sin embargo, fiscales y jueces tipifican los casos de aborto, incluso los espontáneos, como «homicidio agravado», un delito penado con 30 a 50 años de cárcel.