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- Los funcionarios de nivel subdirector hasta presidente darán una «aportación voluntaria» mediante el pago de Derechos, productos y aprovechamientos (DPA).
- Así lo solicitó la austeridad propuesta por el presidente AMLO, a través del oficio número 307-a-1205 de la Oficialía Mayor.
- Aunque el oficio no indica hasta cuándo durará esta aportación, en abril se informó que medidas estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2020.
Desde el pasado 16 de julio, los funcionarios públicos con niveles de subdirección hasta presidencia, deberán depositar una «aportación voluntaria» de su salario, de acuerdo con el oficio número 307-a-1205 de la Oficialía Mayor.
El decreto se envió a diferentes dependencias del Gobierno, y llegó firmado por la Oficial Mayor, Thalía Concepción Lagunas Aragón, de acuerdo con información de Business Insider México.
Lagunas Aragón informó que estas aportaciones son de acuerdo al “Decreto por el que se establecen las medidas de austeridad que deberán observar las dependencias y entidades en la Administración Pública Federal bajo los criterios que en el mismo se indican”.
Mismo que se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 23 de abril de este año.
La vocera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Julieta Brambila, indicó que, hasta el momento, no hay más información.
Altos funcionarios tendrán que dar una «aportación voluntaria»
De acuerdo con el decreto sobre la reducción de salarios hasta en un 25%, que emitió el pasado abril el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), no habría despidos en el Gobierno, pero tampoco contrataciones.
También se estableció que los altos funcionarios (de subdirección a presidencia) no tendrían ni aguinaldo ni prestaciones de fin de año.
“Los servidores públicos podrán llevar a cabo aportaciones voluntarias directamente en (i) ventanilla bancaria para el pago de Derechos, productos y aprovechamientos (DPA)», dice el decreto
«O (ii) desde el portal de internet de la banca en línea de la institución bancaria en la opción de pago de “Derechos, Productos y Aprovechamientos” (DPA)”, añade.
¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo?
De acuerdo con el artículo 33 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el decreto contradice a la ley.
Es “nula la renuncia que los trabajadores hagan de los salarios devengados, de las indemnizaciones y demás prestaciones que deriven de los servicios prestados, cualquiera que sea la forma o denominación que se le dé”, dice la LFT.
“En otras palabras, no se puede renunciar a los derechos otorgados y, el salario, es uno de ellos”, explicó la abogada Sofía Ramírez, experta en derecho laboral del despacho Maldonado Mendoza, a Business Insider México.
El artículo 87 de la LFT dice que “los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, por lo menos”.
“No se puede renunciar a los derechos otorgados (…) y el aguinaldo es un derecho otorgado”, indica Ramírez.
De acuerdo con la experta, en cuanto al pago del aguinaldo, el funcionario podría acudir a instancias legales para que sí se lo paguen.
La «aportación voluntaria» de altos funcionarios
De acuerdo con el decreto, los porcentajes de la «aportación voluntaria» disminuirán progresivamente, según el rango de cada funcionario, en los siguientes porcentajes.